Voto de los mexicanos residentes en el extranjero

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Si bien, desde el 2005 se reconoce en nuestra legislación mexicana el Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero, con la última reforma político-electoral de 2014 (Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales), se incorporan cambios importantes que amplían y maximizan el derecho de los ciudadanos migrantes.

 

Cargos que podrás votar desde el extranjero

 

  Presidente de la República

 

En 2018, podrás votar desde el extranjero por Presidente de la República.

 

De acuerdo a la legislación actual, el 1o. de septiembre de 2017 comenzará el periodo de inscripción a la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, cuyo registro te habilitará para poder participar desde el país en el que resides.

 

Para realizar tu inscripción en la Lista Nominal, deberás contar con tu Credencial para Votar. Si no cuentas con ella o la que tienes ya no es vigente, te invitamos a que la tramites ingresando aquí.

 

Una vez que hayas quedado debidamente inscrito, el Instituto Nacional Electoral (INE) te hará llegar la documentación electoral y materiales necesarios para que puedas ejercer tu voto.

 

  Senadores

 

De igual forma y como parte de las innovaciones de la Ley, en 2018 también podrás participar en la elección de Senadores. Por lo que, si quedaste inscrito en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, al mismo tiempo que recibas los materiales electorales para ejercer tu voto por Presidente de México, también recibirás los materiales necesarios para votar por Senador desde el exterior.

 

 

  Gobernadores

 

A su vez, podrás ejercer tu derecho al voto para la elección de Gobernador de tu entidad federativa de origen, siempre que este derecho se encuentre reconocido en la Constitución de tu estado.

 

Actualmente, las entidades que han reconocido en su legislación el voto de sus oriundos desde el extranjero, son:

 

  •  Aguascalientes;
  •  Baja California Sur;
  •  Chiapas;
  •  Coahuila;        
  •  Colima;
  •  Ciudad de México;
  •  Estado de México;
  •  Guanajuato;
  •  Guerrero;
  •  Jalisco;
  •  Michoacán;
  •  Morelos;
  •  Oaxaca;
  •  Puebla;
  •  Querétaro;
  •  Yucatán; y
  •  Zacatecas.

 

Las entidades que tendrán elecciones de Gobernador en 2017 y que, como mencionamos, han incorporado en sus legislaciones la posibilidad de que sus ciudadanos radicados fuera del país, participen mediante el ejercicio de su voto, son Coahuila y el Estado de México.

 

Para 2018, serán los ciudadanos de Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla y Yucatán, los que podrán participar desde el extranjero, en la elección de Gobernador de su estado.

 

 

  Modalidades para el ejercicio del voto

 

De acuerdo con la misma Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el ejercicio del voto desde el extranjero podrás realizarlo por las siguientes vías:

 

  •  Correo postal. Bajo esta modalidad se han llevado a cabo, a nivel federal, todos los ejercicios de votación desde el extranjero.
  •  Entrega personal de la boleta en los módulos que se instalen en las embajadas o consulados.
  •  Vía electrónica. Esta modalidad únicamente podrá implementarse hasta que el Instituto Nacional Electoral haga pública la comprobación del sistema a utilizar, para lo cual deberá contar con el dictamen de al menos dos empresas de prestigio internacional, y acreditar la certeza absoluta y seguridad del sistema, antes del inicio del proceso electoral del año 2018.

 

En cualquier de los casos, el INE, a través de su Consejo General, que es la máxima autoridad, deberá determinar la modalidad por la cual los ciudadanos podrán ejercer su derecho al voto y los lineamientos correspondientes, tanto para las elecciones federales ¿Presidente y Senadores- como para las elecciones locales ¿Gobernadores- (artículo 102 del Reglamento de Elecciones).

 

 

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